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Blogger: Francisco Vázquez Sánchez

hv asesores declaracion de renta 2012        Declaración de Renta 2012


Estamos en plena Campaña de la Declaración de la Renta del 2012, en este vídeo, que ha sido realizado por la Televisió de L'Hospitalet en nuestro despacho les ofrecemos unos explicación sobre quien esta obligado a realizar la Declaración de la Renta y los datos que no estan incluidos en el borrador que remite la Agencia Tributaria.

El plazo finaliza el próximo 2 de Julio de 2013, llame ahora y solicte día y hora y le confeccionaremos su Declaración en el momento a un precio muy económico. Llame al 93 264 96 00 o solicite  hora por al correo electrónico Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla .

 

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       Con la nueva Ley de Emprendedores se

          podrán crear empresas en 24 horas

                        y por solo 40 euros



El Gobierno está acabando la tan esperada Ley de Emprendedores, la cual considera que será una de las grandes bazas para fomentar el autoempleo y reducir el número de parados que está siendo el mayor problema del país.

 

Con esta nueva Ley sé podrá efectuar la tramitación online de la constitución de una empresa en un periodo de 24 horas y por un coste dicen  de solo 40€.

 

Sé deberán realizar mediante un punto PAIT, a través del programa informático CIRCE, Las empresas se podrán crear con un capital de un solo euros, muy lejos de los 3.000 euros que se necesitan ahora, con la actual legislación.

 

Les recordamos que nuestra Asesoría es un punto PAIT acreditado desde hace ya más de 2 años y que a través de ser un punto PAIT, hemos constituido más de 25 empresas (sociedades limitadas), en un plazo muy reducido aproximadamente entre 48 y 72 horas.

 

Desde nuestro nuestra Asesoría como centro PAIT, hemos gestionado más de 50 Capitalizaciones de desempleo, altas de autónomos, alta de IAE, todo conforme establecen los protocolos  de actuación que tenemos previstos y que funcionan con una gran eficacia y rapidez.

 

Esta nueva ley parece que se presentará el próximo día 26 de abril, coincidiendo con un paquete de reformas estructurales que el presidente del gobierno tiene previsto presentar, cuando sea publicada la citada ley le publicaremos mediante otra noticia en este blog.

 

 

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            Autónomos 50 euros

 

TARIFA PLANA PARA JÓVENES AUTÓNOMOS

El Gobierno con el objetivo de facilitar el autoempleo y el inicio de actividad emprendedora de los jóvenes menores de 30 años, ha creado una reducción para las nuevas altas de autónomos de este colectivo el cual registra actualmente un 50% de paro.

De esta forma los jóvenes menores de 30 años que se den de alta de autónomos según el Real Decreto Ley 4/2013, se podrán acoger a la reducción del 80% de la cuota de contingencias comunes, con lo que pagaran unos 50 euros aproximadamente, durante los primeros 6 meses, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

-       Tener menos de 30 años

-       No haber estado de alta de autónomo en los últimos 5 años.

-       No tener trabajadores contratados por cuenta ajena.

Posteriormente, y durante los siguientes seis meses, se aplicará una nueva reducción sobre la base mínima de un 50%.

Transcurrido el primer año desde el alta en el Régimen de Autónomos, los hombres de hasta 30 años y las mujeres de hasta 35, se beneficiarán del mantenimiento de una reducción y una bonificación en sus cotizaciones de un 30% durante los siguientes 18 meses. La cuota mínima resultante en 2013 es de 179,96 euros al mes.

En el caso de jóvenes menores de 35 años con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33%, la reducción del 80% se aplicará durante los 12 primeros meses desde la fecha de alta y, después, se mantendrá la bonificación del 50% hasta un máximo de cinco años.


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          Tinta Invisible

 

 

Tinta Invisible es una editorial de obra gráfica. En el taller encontramos espacios compartidos en diferentes actividades relacionadas con las artes del libro: el grabado calcográfico, la encuadernación artística, la impresión giclée y el diseño gráfico.

Destaca la estampación calcográfica y la edición de la obra del artista Josep Guinovart, plenamente representado en el taller, así como el desarrollo de proyectos editoriales comercializados por suscripción. En la sala de exposiciones podemos ver una muestra de obra gráfica y del proyecto que lleva a cabo el taller.

Si todavía no los conoces, no lo dudes ven a visitarlos los encontraras en:

Carrer Lleo, 6

Barcelona

Su teléfono es el  93 301 29 42

Tambien los puedes visitar en su web www.gravat.com y en facebook


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     PROJECTA

 

 

Se trata de una empresa especialista en proyectos de reformas y construcción de interiores, dirigida por Jordi Pitarque nace en 1992 teniendo como objetivo  el  facilitar al público artículos necesarios para la construcción y remodelación de cocinas y baños,  siguiendo unas premisas como lo son el diseño, servicio, funcionalidad y calidad en sus productos.

Cuentan con diversas marcas internacionales de proveedores de electrodomésticos, mobiliario de cocina y baño, griferías, mamparas, fregaderas y campanas extractoras. Llevan casi 20 años ofreciendo a sus clientes entre los que nos incluimos, una selección atenta de marcas y productos que los identifican como uno de los mejores interlocutores en proyectos de reformas o construcción de interiores.

Los encontraras en la calle Provenza, 130 de Barcelona

Su teléfono es el 93 4100550


http://projecta.amawebs.com/

 

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      Atic Llums

 

 

Una empresa de referencia en el mundo de la iluminación decorativa, led e industrial venta al profesional,  tienda, primeras marcas.

Los encontraras en

calle Provenza, 128

08029 Barcelona

Su teléfono es:

http://www.facebook.com/AticLlums

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Peluquería Coronado

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En la Avda. Mare de Déu de Bellvitge, 66 bajos,

08907 L'Hospitalet

Su telefono 93 336 29 14

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      El futuro de las pensiones

 

 

En el año 2050 el 32% de la población española será mayor de 64 años, frente al 16% del 2008. Esto quiere decir que se incrementa la esperanza de vida, por lo que la piramide poblacional envejece. En el 2050 habrá 1,6 persona en edad de trabajar por cada jubilado, cuando en la actualidad es de 4 activos por cada pensionista.

El pasado fin de semana en el programa "Salvados" de Jordi Evole, le llamo "Jubilando las Pensiones", en el hablaba del futuro de las pensiones en España y en este post creo que aún me quedo corto, si no lo puedieron ver hagan click y podrán ver algunos momentos del programa, estuvo genial como siempre.

Nos dicen que con el Pacto de Toledo las pensiones estan garantizadas y que para eso tenemos el Fondo de Reserva, para garantizar las pensiones. Pues resulta que el pasado mes de octubre de 2012 el gobierno tuvo que coger 3.063 millones de euros para poder pagar las pensiones.

Debemos de tener en cuenta que ese Fondo de Reserva para cubrir las pensiones cerro el año 2012 con casi 4.000 millones de euros menos, en actualidad tiene 63.094 millones de euros, como podrán comprobar no es mucho dinero para cubrir nuestras futuras pensiones.

Actualmente en España somos unos 46.000.000 de personas y solo trabajan 16.000.000 de personas, es decir los otros 30.000.000 de personas, o estan en paro (5.000.000 de personas), jubilados, con algún tipo de invalidez o en edad escolar, según dicen el exterior lo llaman "el milagro español", nos dicen que como puede subsistir un país en el cual solo estan en activo un tercio de su población.

Hace poco hemos sufrido una Reforma Laboral que entre otras ha reducido las futuras pensiones, ya que se recogeran más años para el cálculo de la pensión se prevee que la medía de las pensiones se reduzca en un 30% y esta no será la última Reforma en lo que a pensiones se refiere, muy posiblemente se termine recogiendo toda la vida laboral para el cálculo en el cual se intregrará hasta cuando empieza una a trabajar como aprendiz con lo cual la base de cotización es mucho más baja que al final de la vida laboral.

Visto el panorama que se avecina hay que pensar en el ahorro, les ofrecemos varias alternativas

1) Un Plan de Jubilación, el cual será el día de mañana una ayuda para la merma que sufriremos en la jubilación y la hora de cobrarlo esta muy bien tratado fiscalmente.

2) Un Plan de Pensiones, el cual también nos ayudara con la jubilación, actualmente nos puede desgravar, pero a la hora de cobrarlo sufriremos una gran presión fiscal.

3) El ahorro a través de cuentas de ahorro, las cuales no tienen ninguna ventaja fiscal en su mayoria y hay que tener mucho cuidado de que no sean una "preferente" o cualquier otro activo toxico que pueda volver a salir.

4) Tambien se puede comprar un inmueble, pero exige un mayor esfuerzo y si se arrienda para obtener un rendimiento no siempre sale, tan bien como uno espera.

Desde HV Asesores le podemos realizar un precalculo de su futura jubilación y ver que plan de ahorro debe realizar para poder tener una jubilacion digna, si esta interesado pongase en contacto con nosotros, llame ahora al 93 264 96 00 y concierte una visita le realizaremos un proyecto personalizado y de forma gratuita.

 


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hv modelo 720      

      

 

 

Modelo 720 Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero


Con la entrada en vigor de la Orden HAP/72/2013 de 30 de enero, ha sido aprobado el modelo 720 para poder declarar estos bienes y derechos situados en el extranjero.

El plazo para presentar esta declaración correspondiente al ejercicio 2012 es del 1 de febrero al 30 de abril de 2013, la presentación se deberá hacer telemáticamente.

¿Quienes son los obligados tributarios que deben presentarlo?

Las personas físicas y jurídicas residentes en en territorio español, tambien los establecimientos permanentes en el citado territorio de personas o entidades no residentes y las entidades que recoge el artículo 35.4 de la LGT.

¿Qué se deberá declarar?

-       Información sobre las cuentas en entidades financieras en el extranjero.

-       Informacion sobre valores o derechos representativos, acciones, participaciones, fondos de inversion, seguros de vida, rentas vitalicas o temporales y otros activos financieros

-       Información sobre los bienes inmuebles y los derechos sobres bienes inmuebles situados en el extranjero.

¿Qué importe deben superar?

La obligación de presentar esta declaración informativa será para todos los casos en los que los activos ya sean financieros o inmuebles superen los 50.000€.

Por ejemplo si tenemos una cuenta bancaria a nombre de 2 titulares por importe de 60.000€ aunque unitariamente no supera los 50.000 € (60.000:2=30.000), se debe declarar y poner el porcentaje que tenemos sobre la cuenta.

¿Qué sanciones o multas existen por no hacer la declaración?

Existen distintas sanciones y multas aquí un ejemplo:

La sanción mínima por la falta de presentación del modelo 720 a una sola de las obligaciones de información es de 10.000€.

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Calendario Fiscal Febrero 2013 para PYMES

 


 

Modelos

Hasta el 20 de febrero



IVA

  • 303 Enero 2013 empresas con IVA mensual
  • 340 Enero 2013 Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones
  • 349 Enero 2013 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias

 

 

Modelos

Hasta el 28 de febrero

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ENTIDADES EN REGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS

  • 184 año 2012

DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS

NOTA:

El calendario fiscal para grandes empresas e impuestos especiales de hidrocarburos y otros los puede consultar en la siguiente dirección de la Agencia Tributaria www.aeat.es


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347

 

 

        Nuevo Plazo de presentación del modelo 347

 

 

 

 

A partir de este año el modelo 347 (Declaración de operaciones con terceros) se deberá presentar durante el mes de febrero, como máximo el 28 de febrero de 2013 (el correspondiente al ejercicio 2012)

En la Orden EHA/3378/2011 de 1 de diciembre se público esta medida,  la cual modificaba el plazo de presentación del citado modelo.

Este plazo será el mismo para las presentación en papel impreso como las telemáticas, a partir de ahora se presentará cada año en el mes de febrero, con lo que han adelantado un mes su plazo de presentación.

Las personas físicas o jurídicas que estén obligados a presentar el modelo 340 (mensual), no están obligados a presentar el modelo 347.


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   Nuevo Reglamento de facturación

                   a partir 2013


Como ya indicamos en nuestro anterior post del pasado 4 de diciembre, a partir del 1 de Enero de 2013, ha entrado en vigor el nuevo Reglamento de facturación.

Como novedades más destacadas significativas, se establecen 2 tipos de facturas:

-  La factura simplificada:

Se suprime la posibilidad de emitir el ticket, este ha sido sustituido por la Factura Simplificada.

La diferencia entre ambos es que se exige un mayor contenido, con las menciones adicionales que se deberán incluir se asemeja mucho a la factura ordinaria, en concreto las facturas simplificadas deberán contener:

  • Fecha de expedición de la factura simplificada y fecha de devengo de la operación.
  • Identificación de los tipos de bienes entregados o servicios prestados.
  • Se deberán especificar la base imponible de cada operación cuando en una misma factura simplificada se incluyan operaciones con distinto tipo de IVA.
  • Tipo impositivo.(opcionalmente se podrá poner la expresión IVA incluido)
  • Número de identificación fiscal del expedidor
  • Nombre y apellidos o denominación social del expedidor de la factura.
  • Domicilio social del expedidor de la factura.
  • Número y serie de la factura.
  • En el caso de que el destinatario pueda desgravarse el IVA el nuevo reglamento exige que además se incluya en la factura simplificada, el número de identificación fiscal, nombre y domicilio del destinatario.
  • En el caso de determinadas operaciones deberán incluirse unas menciones obligatorias:
  1. Factura rectificativa
  2. Operación Exenta
  3. Régimen especial de agencias de viaje
  4. Régimen especial de bienes usados, objetos de arte antigüedades y objetos de colección.
  5. Entrega de medios de transporte nuevos.
  6. Facturación por el destinatario
  7. Inversión del sujeto pasivo

La factura completa u ordinaria

  • Fecha de expedición de la factura y fecha de devengo de la operación.
  • Identificación de los tipos de bienes entregados o servicios prestados.
  • Se deberán especificar la base imponible de cada operación cuando en una misma factura se incluyan operaciones con distinto tipo de IVA.
  • Descripción de las operaciones, incluyendo el precio unitario la base imponible de cada una de las operaciones, así como el descuento o rebaja aplicada.
  • Tipo impositivo.
  • Número de identificación fiscal del expedidor
  • Nombre y apellidos o denominación social del expedidor de la factura.
  • Domicilio social del expedidor de la factura.
  • Número y serie de la factura.
  • Nombre y apellidos o denominación social del destinatario de la factura, así como el número de identificación fiscal y domicilio.
  • En el caso de determinadas operaciones deberán incluirse unas menciones obligatorias:
  1. Factura rectificativa
  2. Operación Exenta
  3. Régimen especial de agencias de viaje
  4. Régimen especial de bienes usados, objetos de arte antigüedades y objetos de colección.
  5. Entrega de medios de transporte nuevos.
  6. Facturación por el destinatario
  7. Inversión del sujeto pasivo

 

Plazo de expedición de las facturas:

 Regla general:

     * En el momento de realizar la operación.

 Regla especial:

     * Si el destinatario es un profesional o empresario, las facturas se deberán expedir antes del día 16 del mes siguiente al que se haya producido el devengo del impuesto.

     * En las entregas de bienes incluidas en el art. 75 u 8º1º de la Ley  del IVA, las facturas se deberán expedir antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se inicie la expedición o transporte o de los bienes con destino al adquirente.

     * Las facturas rectificativas, se deberán expedir como máximo el último día del mes natural en el que se hayan efectuado las operaciones, excepto en los casos en el que el destinatario sea un profesional o empresario, en el que la expedición deberá efectuarse antes del día 16 del mes siguiente al que se hayan realizado las operaciones.

En que supuestos se podrá emitir la factura simplificada hace click aquí.

Se establecen una nueva definición de “factura electrónica”, hacer click aquí.

Este nuevo reglamento impulsa también la facturación electrónica con el ánimo de reducir costes y hacer más competitivas las empresas.

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          Bases de cotización a la

          Seguridad Social 2013

 

 

El pasado 28 de diciembre de 2012 se publicaron en el BOE la base de cotización a la Seguridad Social para 2013, a continuación les mostramos las del Régimen General y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Para el 2013, las bases máximas de cotización será de 3425,70 € mensuales, independientemente de la categoría profesional  al que correspondan.

En cuanto al tipo de cotización para 2013, se aplicaran los siguientes:

  • Contingencias comunes el 28,30%, corresponderá un 23,60% a la empresa y un 4,70% al trabajador.
  • Cotización para desempleo
  1. A) Contratos indefinidos a tiempo parcial, fijos discontinuos, contratos de duración determinada en las modalidades de contratos formativos en prácticas y para la formación  y el aprendizaje, de relevo, interinidad y contratos, cualquiera que sea la modalidad utilizada realizados con trabajadores discapacitados: el 7,05%, del que el 5,50% será a cargo de la empresa y el 1,55% a cargo del trabajador.
  • B)
  • 1.- Contratos de duración determinada a tiempo completo: el 8,30% del que el 6,70% será a cargo del empresario y el 1,60% a cargo del trabajador.
  • 2.- Contratos de duración determinada a tiempo parcial: el 9,30% del que el 7,70% será a cargo del empresario y el 1,60% a cargo del trabajador.
  • Para la cotización al FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), el 0,20% a cargo exclusivo de la empresa.
  • Para la cotización por Formación Profesional en 0,70%, siendo el 0,60% a cargo de la empresa y el 0,10 a cargo del trabajador.
  • Para los Accidentes de Trabajo y enfermedades profesionales se deberán aplicar los tipos de la tarifa de primas incluidas en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, siendo el porcentaje a cargo exclusivo de la empresa.
  • En cuanto a las horas extraordinarias de fuerza mayor será del 14% del que el 12% será a cargo de la empresa y el 2% a cargo del trabajador. El resto de horas extraordinarias cotizarán al 28,30% del que el 23,60% será a cargo de la empresa y el 4,70% a cargo del trabajador.

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, la base máxima también serán los 3425,70€ mensuales y la base mínima será de 858,60€ mensuales. Con lo que la cuota mínima mensual general de Autónomos será de 255,86€.

Sí el trabajador autónomo a fecha 1 de enero de 2013 tiene 48 años de edad, su base mínima será de 925,80€ mensuales.

 

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    Calendario Fiscal PYMES

                Enero 2013

 


Modelos

Hasta el 21 de Enero



RENTA

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos.

  • 111-115-123 Cuarto trimestre 2012                                                           
  • 180-190-193 Resumen anual 2012 Presentación en impreso                   

Modelos

Hasta el 30 de Enero


RENTA

Pagos fraccionados Renta

  • Cuarto trimestre 2012

        130– Estimación directa

        131- Estimación objetiva

IVA

  • 303 Diciembre 2012 empresas con IVA mensual      
  • 340 Diciembre 2012 Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones
  • 349 Diciembre 2012 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias            
  • 303 Cuarto trimestre 2012 Régimen general autoliquidación                                                  
  • 311 Cuarto trimestre 2012 Declaración final, Régimen simplificado                                       
  • 349 Cuarto trimestre o año 2012 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias 
  • 371 Cuarto trimestre 2012 Declaración final, Régimen general y simplificado         
  • 390 Resumen anual de IVA 2012                      

Modelos                                                                                            Hasta el 31 de Enero

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos.

  • 180-190 Resumen anual 2012. Presentación en soporte Interneto en el impreso generado mediante el módulo de impresión de la AEAT (con programa de ayuda)            

NOTA:

El calendario fiscal para grandes empresas e impuestos especiales de hidrocarburos y otros los puede consultar en la siguiente dirección de la Agencia Tributaria www.aeat.es

 

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           Obligaciones fiscales a realizar

             durante el mes de diciembre

 

 

Durante el mes de diciembre (máximo el 31 de diciembre de 2012) se deben realizar distintas solicitudes o comunicaciones para que surtan efecto a partir del 1 de enero de 2013, a continuación les relacionamos las dos más habituales:

1º Comunicar la Renuncia o Revocación al Régimen de Estimación Directa Simplificada o al Régimen de Estimación Objetiva, (la solicitud de inclusión o exclusión de los módulos), se deberá solicitar mediante la  presentación del modelo 036 o 037 a la Agencia Tributaria y será efectiva a partir del 2013.

2º Comunicación de informar si se ha superado el 1.000.000 € de facturación, para dejar de disfrutar de la exención de pago del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). También se deberá comunicar si hasta ahora estábamos por encima de este 1.000.000 € de facturación y en el 2012 hemos bajado de esta cifra, la solicitud de nuevo de la exención para el 2013.

 

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Felicitacion de Navidad

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Calendario Fiscal Diciembre 2012

 

Hasta el 20

Modelos



RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Noviembre 2012. Grandes Empresas................111, 115, 117, 123, 124, 126, 128

Pagos fraccionados Sociedades y Establecimientos Permanentes de no Residentes

  • Ejercicio en curso:

-          Régimen General........................................................................................202

-          Régimen de consolidación fiscal (Grupos Fiscales)....................................222

IVA

  • Noviembre 2012. Régimen General. Autoliquidación......................................303
  • Noviembre 2012. Grupo de entidades, modelo individual...............................322
  • Noviembre 2012. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones..........................................................................340
  • Noviembre 2012. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.............................................................................................349
  • Noviembre 2012. Grupo de entidades, modelo agregado...............................353
  • Noviembre 2012. Operaciones asimiladas a las importaciones......................380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Noviembre 2012...............................................................................................430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Septiembre 2012. Grandes Empresas (*)..................553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Septiembre 2012. Grandes Empresas...............................................561, 562, 563
  • Noviembre 2012. Grandes Empresas...............................................................560
  • Noviembre 2012.......................................................................................564, 566
  • Noviembre 2012 (*)..................................................................................570, 580

(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (Grandes Empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo....................................................................................................510

 

 

 

Hasta el 31

Modelos





RENTA

  • Renuncia o revocación Estimación Directa Simplificada y Estimación Objetiva para 201 y sucesivos.................................................................................036/037

IVA

  • Renuncia o revocación Regímenes Simplificado y Agricultura, Ganadería y Pesca para 2013 y sucesivos...............................................................................036/037
  • Opción o revocación de la aplicación prorrata especial para 2013...........036/037
  • Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el Régimen Especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2013 y sucesivos..036
  • Opción o revocación por la determinación global de la base imponible en el Régimen especial de las Agencias de Viajes para 2013 y sucesivos.................036
  • Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2013 y 2014................................................................................036
  • Renuncia al Régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2013......................................................................................................sin modelo
  • Comunicación de alta en el Régimen especial del grupo de entidades............039
  • Opción o renuncia por la modalidad avanzada del Régimen especial del grupo de entidades.....................................................................................................039
  • Comunicación anual relativa al Régimen especial del grupo de entidades......039
  • Solicitud de inscripción/baja. Registro de devolución mensual, grupo de entidades..........................................................................................................039

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